¿Cómo acceder a la información pública?
Según el Artículo 7 de la Ley General 200-04, sobre Libre Acceso a la Información Pública, para acceder a ese tipo de información primero deben completarse los datos del formulario de solicitud.
La solicitud puede ser realizada de manera tradicional mediante contacto directo con el o la Responsable de Acceso a la Información de la institución pertinente o de manera virtual a través del portal único de Solicitud de Acceso a la Información Pública (SAIP), ahorrando tiempo y dinero.
En cumplimiento a la Ley 200-04 y el Decreto 130-05, el acceso a la información se hará efectivo siempre y cuando no afecte la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral pública o el derecho a la privacidad e intimidad de un tercero o el derecho a la reputación de los demás.
¿Que son las Comisiones de Ética Pública (CEP)?
Las CEP son organismos de carácter cívico, integrados por servidores públicos que promueven valores, principios y normas de conducta a lo interno de las instituciones públicas donde operan.
¿Cuáles son las diferencias entre realizar solicitudes de información pública por el SAIP y por una OAI?
Aunque el portal único de Solicitud de Acceso a la Información Pública (SAIP) y las Oficinas de Acceso a la Información (OAI) se rigen por la Ley 200-04 y son supervisados por la DIGEIG, por lo que los plazos y restricciones son los mismos, el SAIP permite:
- Ahorro en costo por desplazamiento
- Ahorro en tiempo para retiro de información
- Mediación virtual entre ciudadano y órgano rector, en caso de quejas por la entrega de información pública solicitada
- Recepción de notificaciones simultáneas al ciudadano, institución y órgano rector
- Seguimiento y monitoreo de las solicitudes
- Resolución que llama al uso obligatorio del SAIP
¿Qué es conflicto de interés?
Los conflictos de intereses en la administración pública son circunstancias en las que el interés personal de un servidor público o de un vinculado a este pudiera afectar eventualmente, o ya se encuentra afectando, el desempeño de sus funciones en la administración pública, desviándolo de los fines públicos inherentes a su cargo e inclinándolo hacia fines privados.
¿Qué es Gobierno Abierto?
El Gobierno Abierto es aquel que promueve el acceso a la información, la colaboración y la participación de la ciudadanía, contribuyendo a mejorar la gestión pública, la transparencia y a incrementar de la confianza de la sociedad en la Administración Pública.
La República Dominicana se adhiere a esta Alianza para Gobierno Abierto (OGP- Open Government Partnership) el 17 de abril del 2012, luego de haber sometido su intención en septiembre del 2011, perteneciendo al Grupo 2 de países en ser parte.
¿Cómo puedo denunciar conductas de faltas éticas y corrupción administrativa dentro de una institución pública? Vertiente (a) servidor público y vertiente (b) ciudadanía.
- Si dentro del organismo para el que labora acontecen conductas antiéticas y prácticas corruptivas de carácter administrativo y usted es testigo, se recomienda acudir a la Comisión de Ética Pública de su institución, que luego apoderará a la DIGEIG del caso. Es importante saber que servir al Estado no le prohíbe de usar otras vías.
- En cambio, si como ciudadano en general desea denunciar malas prácticas en la Administración Pública, puede comunicarse directamente con la DIGEIG por medio de la Oficina de Acceso a la Información (OAI) , o marcando a la Línea 3-1-1, de donde se canalizarán las quejas, denuncias y reclamaciones a las instituciones y organismos públicos correspondientes.
¿Qué son datos abiertos?
Son datos guardados en formatos abiertos (xlsx, ods, csv o json) que pueden ser utilizados, reutilizados y redistribuidos libremente por cualquier persona.
¿Cómo se conforman las CEP?
Actualmente existe un reglamento instructivo con el procedimiento para conformar una CEP, que es la Resolución 01/2019.
Los Artículos 4,5 y 6 especifican que las CEP estarán conformadas por siete servidores públicos de la entidad a la que pertenezcan y serán elegidos mediante un proceso de votación regido por la DIGEIG.
Para conformar una Comisión de Ética Pública debe comunicarse con la institución, y procurar asesoramiento directo de la Dirección de Ética e Integridad de la DIGEIG.
¿La DIGEIG ofrece servicios a la ciudadanía?
Sí. Además de los que la DIGEIG ofrece a otras instituciones en materia de ética, transparencia e investigación, la ciudadanía puede hacerse de los servicios de esta institución.
En el apartado de ¨Servicios¨ se encuentran los servicios de los cuales la ciudadanía en general puede disponer a través de la DIGEIG.
¿Qué es la DIGEIG?
La Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG) es una institución pública, adscrita al Ministerio de la Presidencia, y es rectora en materia de ética, transparencia, gobierno abierto, lucha contra la corrupción, conflicto de interés y libre acceso a la información en el ámbito administrativo gubernamental.